Fundación Tripartita

           

GESTIÓN DE LAS BONIFICACIONES FTFE

En general, todos los cursos y seminarios, tanto en modalidad presencial, distancia tradicional como e-learning, cumplen con los requisitos para ser bonificables a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.
IMMFORMACIÓN incluye – dentro del apartado de tasas y precios de cualquiera de sus documentos informativos de cursos – información respecto al posible alcance de estas bonificaciones y el ahorro que puede suponer para su empresa.

Además, si lo desea, nosotros podemos gestionarle dichas bonificaciones, sin coste adicional para su empresa, simplemente adhiriéndose a algunos de los Convenios de Empresa que venimos gestionando (Son más de 1.500 las empresas ya adheridas, que han confiado en la calidad de nuestra formación y la buena gestión de sus bonificaciones).

Si lo desean también les podemos gestionar la bonificación de todos los cursos que realicen en el año ¡¡Consúltenos!!

Para más información, contacte con nuestro Equipo de Gestión de Bonificaciones FTFE, el cual le prestará toda la ayuda y asesoramineto que precise en la gestión de su crédito formativo.

Teléfono: 942 075 444       e-Mail:  cursos@immformacion.com

¿Conoce el procedimiento para poder bonificarse?

Si su empresa es beneficiaria de crédito formativo para la realización de formación bonificada para sus trabajadores, primeramente debe conocer el crédito formativo del que dispone.

¿Cómo se calcula el crédito?

  • Recopilando todos los TC1 de los 12 meses del año anterior, y sumando las cantidades de la casilla 501. A esa cantidad resultante se le aplica el 0,7 %, que es la parte proporcional destinada a Formación Profesional. El resultado es la cuantía total.
  • Para obtener el crédito de formación debe aplicarse a la cuantía total (Paso 1) el porcentaje de bonificación establecido para el año correspondiente (Ley anual de Presupuestos del Estado) según el tamaño de su empresa. Estos porcentajes son los siguientes:

    → Las empresas de 1 a 5 trabajadores, disponen de un crédito anual de ……..  420€

    → Empresas de nueva creación y apertura de nuevos centros de trabajo ……..   65€ / trabajador

    → Empresas de 6 a 9 trabajadores ………………………………………………….. 100%

    → De 10 a 49 trabajadores …………………………………………………………….  75%

    → De 50 a 249 trabajadores …………………………………………………………..  60%

    → De 250 o más trabajadores …………………………………………………………  50%

Ejemplo
Empresa con 8 trabajadores que ha pagado una cuota de formación profesional en el año anterior de 1.700 euros, le corresponde un crédito de:
1.700*100% = 1.700

La Fundación Tripartita, pone a disposición de los usuarios un SIMULADOR DE CRÉDITO, en el que se pueden realizar estos cálculos. Puede acceder desde la página de inicio de la aplicación de la Fundación Tripartita: https://empresas.fundaciontripartita.org/
Una vez determinado el crédito del que dispone para utilizar durante el ejercicio correspondiente, podrá utilizarlo en las diferentes acciones formativas que desarrolle en su empresa.

La forma en que se distribuya, es decisión exclusivamente suya, y sólo estará condicionada por los llamados costes máximos bonificables aplicables a cada acción formativa.

¿Qué son los costes máximos bonificables?

Es la cantidad máxima que una empresa se puede bonificar en cada acción formativa. Viene delimitada por los llamados módulos económicos máximos, que se reflejan en el siguiente cuadro.

MODALIDAD DE IMPARTICIÓN PRECIO MÓDULO ECONÓMICO
PRESENCIAL 13 euros
TELEFORMACIÓN 7,5 euros
MIXTA En función de las horas de formación presencial y a distancia o teleformación de la acción

 

 

 

 

 

Así pues, el coste máximo bonificable resultará de aplicar la siguiente operación:

Módulo económico x Nº horas de duración grupo x Nº participantes:

Ejemplo:
Acción Formativa de Modalidad Presencial, de nivel medio superior. Nº horas: 12 Nº participantes: 6
CANTIDAD MÁXIMA BONIFICABLE: 13 * 12 * 6 = 936€
Esta es la cantidad máxima que se puede bonificar para este grupo formativo.

¿Cómo aplicar las bonificaciones?

Puede actuar por sí misma como Entidad Bonificada y gestionar todas sus acciones; para ello, tiene que cumplir con una serie de pasos para su acceso a la Aplicación Telemática de FTFE. A modo de síntesis, serían los siguientes:

▪ Solicitar la firma electrónica o certificado digital CLASE 2CA de persona jurídica ante una de las entidades de acreditación: CERES (www.cert.fnmt.es) y las Cámaras de Comercio (www.camerfirma. es).

▪ Acceso a la página Web de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE) y registro de la empresa en el sistema de gestión:

  • » Solicitud de clave (desde el ordenador donde está instalado el Certificado Digital de la empresa).
  • » Acceso al sistema.
  • » Dar de alta a los usuarios que vayan a gestionar la ayuda y realizar las comunicaciones.

▪ Dar de alta la empresa en el sistema (introduciendo la Cuota FP trabajadores, plantilla media año anterior, etc.). No obstante, estos datos serán paralelamente validados por la FTFE y TGSS.

▪ Dar de alta la acción formativa (La Representación Legal de los Trabajadores debe estar informada sobre las acciones que se subvencionarán). En caso de que no haya representación legal de los trabajadores en la empresa, los trabajadores tienen que estar informados de la acción formativa que la empresa quiera realizar.

▪ Notificar el inicio del grupo con una antelación mínima de 7 días naturales (una vez realizada esta comunicación, se pueden notificar cambios con al menos 4 días naturales de antelación al inicio del grupo). Los cambios en el listado de asistentes se pueden hacer hasta el comienzo de la acción formativa.

▪ Realizar la acción formativa, con los correspondientes cuestionarios de evaluación y certificado por participante.

▪ Notificar la finalización del grupo, indicando los costes de formación y la bonificación que se va a aplicar.

▪ Las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social podrán aplicarse a partir del boletín de cotización correspondiente al mes que haya finalizado el grupo o grupos de formación y, en todo caso, con anterioridad a la fecha en que finaliza el plazo de presentación del boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre del mismo ejercicio económico. El importe total de la bonificación a aplicar en un determinado mes se indicará en la casilla 601 del boletín de cotización de cualquier cuenta (se recomienda crear una específica para formación Bonificada). Si su empresa utiliza Sistema RED, debe descontarla en la casilla 763.

▪ Contabilizar adecuadamente los diferentes costes y la bonificación, como parte del proceso de justificación (se deben justificar los costes en caso de inspección).

Por el contrario, puede solicitar la ayuda de una Entidad Organizadora, como IMMFORMACIÓN, con la que firmará un Convenio de Agrupación Empresas para que realice la gestión de la bonificación de su crédito formativo ante la FTFE.

Otros datos de interés

Para cualquier información, puede ponerse en contacto con:

Departamento de Gestión de Bonificaciones FTFE de IMMFORMACIÓN.

Teléfono: 942 075 444 e-Mail: cursos@immformacion.com