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| MODALIDAD DE IMPARTICIÓN | PRECIO MÓDULO ECONÓMICO |
| PRESENCIAL | 13 euros |
| TELEFORMACIÓN | 7,5 euros |
| MIXTA | En función de las horas de formación presencial y a distancia o teleformación de la acción |
Así pues, el coste máximo bonificable resultará de aplicar la siguiente operación:
Módulo económico x Nº horas de duración grupo x Nº participantes:
Ejemplo:
Acción Formativa de Modalidad Presencial, de nivel medio superior. Nº horas: 12 Nº participantes: 6
CANTIDAD MÁXIMA BONIFICABLE: 13 * 12 * 6 = 936€
Esta es la cantidad máxima que se puede bonificar para este grupo formativo.
¿Cómo aplicar las bonificaciones?
Puede actuar por sí misma como Entidad Bonificada y gestionar todas sus acciones; para ello, tiene que cumplir con una serie de pasos para su acceso a la Aplicación Telemática de FTFE. A modo de síntesis, serían los siguientes:
▪ Solicitar la firma electrónica o certificado digital CLASE 2CA de persona jurídica ante una de las entidades de acreditación: CERES (www.cert.fnmt.es) y las Cámaras de Comercio (www.camerfirma. es).
▪ Acceso a la página Web de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE) y registro de la empresa en el sistema de gestión:
- » Solicitud de clave (desde el ordenador donde está instalado el Certificado Digital de la empresa).
- » Acceso al sistema.
- » Dar de alta a los usuarios que vayan a gestionar la ayuda y realizar las comunicaciones.
▪ Dar de alta la empresa en el sistema (introduciendo la Cuota FP trabajadores, plantilla media año anterior, etc.). No obstante, estos datos serán paralelamente validados por la FTFE y TGSS.
▪ Dar de alta la acción formativa (La Representación Legal de los Trabajadores debe estar informada sobre las acciones que se subvencionarán). En caso de que no haya representación legal de los trabajadores en la empresa, los trabajadores tienen que estar informados de la acción formativa que la empresa quiera realizar.
▪ Notificar el inicio del grupo con una antelación mínima de 7 días naturales (una vez realizada esta comunicación, se pueden notificar cambios con al menos 4 días naturales de antelación al inicio del grupo). Los cambios en el listado de asistentes se pueden hacer hasta el comienzo de la acción formativa.
▪ Realizar la acción formativa, con los correspondientes cuestionarios de evaluación y certificado por participante.
▪ Notificar la finalización del grupo, indicando los costes de formación y la bonificación que se va a aplicar.
▪ Las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social podrán aplicarse a partir del boletín de cotización correspondiente al mes que haya finalizado el grupo o grupos de formación y, en todo caso, con anterioridad a la fecha en que finaliza el plazo de presentación del boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre del mismo ejercicio económico. El importe total de la bonificación a aplicar en un determinado mes se indicará en la casilla 601 del boletín de cotización de cualquier cuenta (se recomienda crear una específica para formación Bonificada). Si su empresa utiliza Sistema RED, debe descontarla en la casilla 763.
▪ Contabilizar adecuadamente los diferentes costes y la bonificación, como parte del proceso de justificación (se deben justificar los costes en caso de inspección).
Por el contrario, puede solicitar la ayuda de una Entidad Organizadora, como IMMFORMACIÓN, con la que firmará un Convenio de Agrupación Empresas para que realice la gestión de la bonificación de su crédito formativo ante la FTFE.
Otros datos de interés
- Teléfono de Atención al Usuario de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo: 902 183 183
- Manual de ayuda para el acceso y utilización de la aplicación, así como otros documentos interesantes: http://www.fundaciontripartita.es/publico/descargaDocumentos.aspx
Para cualquier información, puede ponerse en contacto con:
Departamento de Gestión de Bonificaciones FTFE de IMMFORMACIÓN.
Teléfono: 942 075 444 e-Mail: cursos@immformacion.com

